Entre el estado y sus órganos no puede existir ninguna relación de carácter jurídico; de los términos de la relación gozaran de una personalidad jurídica lo anterior significa que los órganos no tienen derechos propios y que por tanto carecen de personalidad.
Orgánico:
Se identifica con el poder ejecutivo y todos los órganos o unidades administrativas que dependen de el y esta constituido por:
- Presidente de la República
- Departamentos administrativos
- Órganos centralizados
- Sociedades mercantiles del estado
- Fideicomisos públicos
- Secretarias de Estado
- Procuraduría general de la república
- Empresas publicas
- Desconcentrados
Funcional:
La administración publica se entiende como la realización de la actividad que corresponde a los órganos que forman ese sector:
-Administrar es realiza una serie de actos para conseguir los fines de Estado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario